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Control interno
El Modelo MECI 1000 se basa en una serie de herramientas que conducen al control y al mejoramiento continuo de las instituciones del Estado Colombiano al servicio del ciudadano.
A través de la ley 87/93 se ha decretado que todas las entidades del Estado Colombiano adopten y estructuren el Modelo Estándar de Control Interno MECI, de tal forma que se implemente una estructura de operación por procesos soportados en el control de la estrategia, la gestión y la evaluación orientándose al logro de los objetivos institucionales y a los objetivos planificados del orden nacional.
La implementación del MECI en Colombia es complementaria a la de otros sistemas como la Norma Técnica de Calidad de la Gestión Pública (NTCGP:1000) y el Sistema de Desarrollo Administrativo (SISTEDA) que tenga o se encuentren en proceso de implementación en cada entidad.
Los principios del Sistema de Control Interno se enmarcan, integran, complementan y desarrollan dentro de los principios constitucionales:
a) Autocontrol: es la capacidad que ostenta cada servidor público para controlar su trabajo, detectar desviaciones y efectuar correctivos para el adecuado cumplimiento de los resultados que se esperan en el ejercicio de su función, de tal manera que la ejecución de los procesos, actividades y/o tareas bajo su responsabilidad, se desarrollen con fundamento en los principios establecidos en la Constitución Política.
b) Autorregulación: es la capacidad institucional para aplicar de manera participativa al interior de las entidades, los métodos y procedimientos establecidos en la normatividad, que permitan el desarrollo e implementación del Sistema de Control Interno bajo un entorno de integridad, eficiencia y transparencia en la actuación pública.
c) Autogestión: es la capacidad institucional de toda entidad pública para interpretar, coordinar, aplicar y evaluar de manera efectiva, eficiente y eficaz la función administrativa que le ha sido asignada por la Constitución, la Ley y sus Reglamentos.
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